"SUCESIÓN INTESTAMENTARIA." EN CUAUHTÉMOC DISTRITO FEDERAL
SOLUCIONES JURIDICAS LIC. VICTOR CARRILLO ESTRADA
¿Qué es una sucesión intestamentaria?
En algunas etapas de nuestras vidas, escuchamos el término “sucesión intestamentaria”. En esta ocasión, te contaremos qué es, en qué casos aplica y quiénes participan.
La sucesión intestamentaria podemos entenderla como el medio por el cual una persona toma posesión sobre los bienes de alguien que ha fallecido sin haber hecho con anterioridad un testamento.
¿En qué casos aplica la sucesión intestamentaria?
1. Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento.
2. Si la persona que falleció no dispuso en su testamento de todos sus bienes.
3. En caso de existir un testamento, si el heredero no acepta la herencia, el testamento pierde su validez y es necesario un proceso sucesorio intestamentario.
Para iniciar este proceso, la ley contempla quiénes son las personas que tienen derecho a heredar los bienes de quien ha fallecido. Estos pueden ser:
Ascendientes (padres)
Descendientes (hijos)
Cónyuge (esposa/o)
Concubino o Concubina (haber vivido juntos, sin estar casados)
A falta de los anteriores, la beneficencia pública.
¡¡¡ ASESORIA LEGAL GRATUTITA !!!
Ubicación: Calle Ario #5, Colonia Roma Sur. Alcaldía Cuahtémoc, C.P. 06760, CDMX.
Contacto. Móvil. 55-1798-4108 Oficina. 55-2454-8118
¿Qué es una sucesión intestamentaria?
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La sucesión intestamentaria podemos entenderla como el medio por el cual una persona toma posesión sobre los bienes de alguien que ha fallecido sin haber hecho con anterioridad un testamento.
¿En qué casos aplica la sucesión intestamentaria?
1. Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento.
2. Si la persona que falleció no dispuso en su testamento de todos sus bienes.
3. En caso de existir un testamento, si el heredero no acepta la herencia, el testamento pierde su validez y es necesario un proceso sucesorio intestamentario.
Para iniciar este proceso, la ley contempla quiénes son las personas que tienen derecho a heredar los bienes de quien ha fallecido. Estos pueden ser:
Ascendientes (padres)
Descendientes (hijos)
Cónyuge (esposa/o)
Concubino o Concubina (haber vivido juntos, sin estar casados)
A falta de los anteriores, la beneficencia pública.
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