ABOGADO DE RESOLUCIONES DE SEDUVI EN LA CDMX EN MIGUEL HIDALGO
Robles & Robles Abogados le ofrece la mejor asesoría y representación en contra de las resoluciones en materia de Desarrollo Urbano emitidas por las autoridades de la Administración Pública de la Ciudad de México, en contra de medidas de seguridad como:
I. La suspensión de trabajos y servicios;
II. La clausura temporal o definitiva, total o parcial de las instalaciones, las
construcciones y las obras;
III. La desocupación o desalojo de inmuebles;
IV. El retiro de anuncios e instalaciones;
V. La prohibición de actos de utilización; y
VI. La demolición de construcciones.
Asimismo, otorgamos defensa en contra de sanciones como:
I. Rescisión de convenios;
II. Suspensión de los trabajos;
III. Clausura parcial o total de obra;
IV. Demolición o retiro parcial o total;
V. Pérdida de los estímulos otorgados;
VI. La intervención administrativa a las empresas;
VII. Revocación del registro de las manifestaciones y de las licencias o
permisos otorgados;
VIII. Multas que se prevean en los reglamentos correspondientes;
IX. Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas, conmutable por multa.
En el caso de falsedad de manifestación de construcción, será inconmutable el
arresto;
X. Cancelación del registro de perito en desarrollo urbano o del director
responsable de la obra o corresponsable; y
XI. El retiro de los anuncios y sus estructuras.
asimismo, otorgamos a nuestros clientes la defensa más adecuada mediante la interposición de procedimientos como:
a.- Inconformidades
b.- Juicio de Nulidad (Juicio Contencioso Administrativo)
c.- Juicio de Amparo
Estamos a su disposición para ofrecerle la mayor de nuestras riquezas, nuestro profesionalismo, dedicación y calidad humana.
Contacto: Lic. Héctor Jesús Robles Díaz Mercado
Cel: 5529518851
I. La suspensión de trabajos y servicios;
II. La clausura temporal o definitiva, total o parcial de las instalaciones, las
construcciones y las obras;
III. La desocupación o desalojo de inmuebles;
IV. El retiro de anuncios e instalaciones;
V. La prohibición de actos de utilización; y
VI. La demolición de construcciones.
Asimismo, otorgamos defensa en contra de sanciones como:
I. Rescisión de convenios;
II. Suspensión de los trabajos;
III. Clausura parcial o total de obra;
IV. Demolición o retiro parcial o total;
V. Pérdida de los estímulos otorgados;
VI. La intervención administrativa a las empresas;
VII. Revocación del registro de las manifestaciones y de las licencias o
permisos otorgados;
VIII. Multas que se prevean en los reglamentos correspondientes;
IX. Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas, conmutable por multa.
En el caso de falsedad de manifestación de construcción, será inconmutable el
arresto;
X. Cancelación del registro de perito en desarrollo urbano o del director
responsable de la obra o corresponsable; y
XI. El retiro de los anuncios y sus estructuras.
asimismo, otorgamos a nuestros clientes la defensa más adecuada mediante la interposición de procedimientos como:
a.- Inconformidades
b.- Juicio de Nulidad (Juicio Contencioso Administrativo)
c.- Juicio de Amparo
Estamos a su disposición para ofrecerle la mayor de nuestras riquezas, nuestro profesionalismo, dedicación y calidad humana.
Contacto: Lic. Héctor Jesús Robles Díaz Mercado
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